DEUDA PÚBLICA O MONEDA PARALELA
Por Héctor GIULIANO (25.3.2020)
Poco más temprano o tarde el estado de emergencia por la
pandemia del Coronavirus (Covid 19) cesará y entonces – si no ya mismo – el
gobierno, en el marco de la Crisis Financiera estructural por el Sistema de la
Deuda Perpetua, deberá tomar medidas muy importantes.
Predecir el futuro en estas circunstancias es tarea
imposible pero algunas proyecciones básicas tentativas pueden hacerse sobre la
base de una pura lógica, al menos en tres campos relacionados entre sí: el de
la situación económica general, el de las finanzas públicas en particular y el
de la cuestión monetaria que las vincula.
1. RECESIÓN ECONÓMICA
La recesión económica generalizada que se vive en la
actualidad está teniendo consecuencias demoledoras sobre la mayor parte de la
actividad comercial, productiva y de servicios; y todo efecto rebote que se
produzca con el levantamiento de las actuales medidas de excepción – según
cuándo y cómo las mismas se produzcan - no sólo puede ser transitorio sino que
no garantiza una recuperación inmediata y sostenida frente a la situación
existente – salvo el ámbito de los consumos directos - y además no recuperaría
el lucro cesante por los días de paro total que se han perdido.[1]
Es más, esta reactivación puede venir acompañada por el
peligro cierto de aumentos de precio, a menos que se dicten e instrumentes
severas medidas de control por vía de mayor intervención del Estado.
Notablemente, en medio de esta terrible Crisis Económica,
la actividad financiera no se ha detenido en sus ganancias porque los títulos
públicos y las operaciones financiero-bancarias en general no han dejado de
percibir sus utilidades.[2]
Mientras el país está parado, el Estado – a través del
Tesoro Nacional y del BCRA – les sigue pagando a los Acreedores, en números
aproximados, más de 6.000 M$[3]
por Día (≡ 100 MD).[4]
Ergo, las consecuencias comerciales, económicas y
financieras lógicas e inexorables de las drásticas medidas adoptadas por la pandemia
del Covid 19 son las de una Recesión Generalizada.
2. DÉFICIT FISCAL
La Crisis de Deuda y su agravamiento sustancial por efecto
del Coronavirus pesan no sólo sobre la actividad privada sino particularmente
sobre las Finanzas Públicas:
a) El Estado aumenta en forma extraordinaria los Gastos,
especialmente los Gastos Sociales, Sanitarios y de Seguridad, y las distintas
formas de Subsidios (Económicos y Personales), como el caso de refuerzos
salariales, jubilatorios y de planes sociales, así como también de Servicios
Públicos.
b) Paralelamente, se reducen fuertemente los Ingresos
Fiscales, como resultado del paro de la actividad económica general y también
de las moratorias y/o exenciones tributarias y previsionales.
c) Como consecuencia inexorable de esta combinación de
incremento de Gastos y reducción de Recursos, bajo una gravísima Crisis
estructural de Deuda Pública ya existente, el nivel de aumento extraordinario
del Déficit Fiscal pasaría a niveles impredecibles.
Y esto último es válido no sólo para el Estado Nacional
sino también – Coparticipación Federal mediante – para Provincias y Municipios;
e incluso para gran parte de los Servicios Públicos (como el caso del
Transporte, por ejemplo).
Por lo tanto, las proyecciones de aumento relevante de los
déficits fiscales son inevitables y de ello surge el interrogante básico o
“pregunta del millón”: de dónde va a salir la plata para cubrir este
desequilibrio sustancial de las Finanzas del Estado?
3. DEUDA O EMISIÓN MONETARIA
Partiendo de la base que en las actuales circunstancias
deviene imposible aplicar una presión tributaria adicional como fuente de
recursos fiscales, el dilema simple y de fondo que se plantea es si este
aumento del Déficit Fiscal va a ser cubierto con más Endeudamiento Público o
con Emisión Controlada de Dinero.
En este momento, pese a las condiciones
económico-financieras ruinosas de la Argentina, el gobierno – en el marco de
una Crisis de Deuda insoluble por Iliquidez y por Insolvencia – sigue
manteniendo la Política favorable a los Acreedores de “pagar mientras se
negocia” una nueva (en realidad, una enésima) reestructuración de Deuda.
Tal refinanciación – ligada en forma determinante al
reperfilamiento o pateo para delante de los plazos de vencimiento de las
obligaciones impagables del Estado – no sólo no constituye una solución al
problema argentino sino que, por el contrario, lo agrava.
Se trataría, en los hechos, de otra entrada más en el
“callejón sin salida” de nueva ola de
endeudamiento en gran escala – de nuestro país y del Mundo – conformado a
imagen y semejanza de los intereses del Capitalismo Financiero Internacional.[5]
Y frente a ello, se replantea entonces el dilema citado de
“salir” otra vez de una Crisis de Deuda con más endeudamiento – con el
consiguiente aumento de la Deuda - o tratar de liberarse de la Trampa del
Sistema de Deuda Perpetua con Moneda Propia, emitiendo Moneda Nacional.
Es el momento de una suerte de Ser o no Ser para el destino
económico-financiero del Estado Argentino.
PESOS Y MONEDA PARALELA[6]
Las actuales condiciones-ambiente de situación nacional y
mundial permiten replantear hoy el sentido y el valor de la antigua y tantas
veces citada metáfora china de que toda Crisis es también una Oportunidad.[7]
En este caso, nos referimos al problema de que si se
intenta salir de la Crisis por la Trampa de la Deuda Perpetua en que vive el
país habría que contemplar la idea alternativa de hacerlo con Emisión Monetaria.
¿Pero, qué tipo de Emisión Monetaria?
Una de las cuestiones más importantes de la Teoría
Monetaria – normalmente soslayada a nivel académico y también práctico – es el
problema de utilizar un mismo instrumento, que es el Dinero (o Moneda en forma
general), para cubrir dos funciones diferentes: la de Medio de Pago o Cambio y la
de Atesoramiento o Reserva de Valor.[8]
No vamos a entrar aquí en el análisis de un problema que a
lo largo del pensamiento histórico ha motivado y sigue motivando estudios y
teorías prácticamente infinitas sino que nos vamos a circunscribir a pocos
conceptos susceptibles de aplicabilidad concreta.[9]
Siguiendo la regla de que todo problema, por más complejo
que se presente, tiene siempre en el fondo una posibilidad de reformulación o
replanteo simple, tenemos en este caso una combinación aproximada allanable, en
el sentido de solucionable o apta para aplicarse sobre la misma un camino que
allane el problema:
a) Por un lado, la necesidad y conveniencia de salir de la
Trampa de Deuda en que nuestro país está metido y de su mecanismo de
dependencia financiera perpetua; y
b) Por otro, la necesidad de preservar el valor de la
Moneda de la patología de la Inflación.
Para ello es menester que se entienda una idea fundamental:
que lo que determina el efecto inflacionario de la Emisión Monetaria no es el
Origen sino el Destino de la impresión del Dinero.[10]
Ejemplo: una cosa es emitir, digamos 1.000 M$ para pagar
Intereses de la Deuda Pública – como se hace ahora a través del BCRA – y otra
muy distinta es emitir esos mismos mil millones para financiar la construcción
de una Obra Pública, que da lugar al aumento de la Producción y el Empleo
Nacional.
Siguiendo las reglas de una sana lógica monetaria la Inflación
se produce cuando los Medios de Pago (la Cantidad de Dinero en la Economía) aumentan
en forma desproporcionada contra el aumento de la Producción o la Riqueza (el
Producto Bruto, PBI o PIB).
En la medida en que estos medios de pago no excedan en su ritmo
de aumento el ritmo del aumento del PBI la ecuación anti-inflacionaria debiera
estar contenida; aunque reconociendo que esto, en la realidad presente, no se
daría en forma natural o espontánea sino bajo fuerte control del Estado.
OPERATORIA DE LA NUEVA MONEDA
Aunque este borrador de proyecto personal es primario – o
sea, pasible lógicamente de definiciones y perfeccionamiento por aproximaciones
sucesivas – la operatoria básica puede ser presentada en forma general y
tentativa.
La idea de una moneda paralela al peso o moneda nacional
conlleva la diferencia fundamental de pensar en una moneda inconvertible, es
decir, una moneda fiduciaria de curso legal – obviamente también emitida por el
Estado – que cubra sólo la función de medio de pago y no reserva de valor o
forma de atesoramiento.
Y además, no podría usarse en operaciones que devenguen
intereses u otras formas de renta.
Por ejemplo, la moneda paralela no se podría utilizar para
la compra de divisas (dólares, euros y monedas extranjeras en general), no
podría ser usada para colocaciones en plazos fijos y/o títulos-valores (sean
públicos o privados), no sería reconocida para inversiones físicas y compras de bienes durables (inmuebles,
autos, herramientas/equipo, etc.), no se utilizaría para el pago de cuotas ni
créditos en general.
Este tipo de transacciones debiera ser realizado solamente
en pesos, de modo de reservar el empleo de la moneda paralela básicamente a
fines de consumo.[11]
Con esto se propendería a que la Velocidad de Circulación[12]
de esta Moneda Paralela sea mayor que la del Peso Nacional: una suerte de
aplicación de la Ley de Gresham – la Moneda Mala reemplaza a la Buena – a la
Economía Monetaria Nacional donde la Moneda Paralela jugaría como Moneda Mala y
el Peso como Moneda Buena.
Habría así dos monedas nacionales vigentes de curso legal
pero con distinta modalidad de uso.
Para lo cual es necesario “quemar las naves” para la lucha
anti-inflacionaria prohibiendo las operaciones en moneda extranjera en todo el
territorio nacional y aplicando radicales controles de Precios y verdaderas
Reformas de fondo de Política Financiera en materia Monetaria, Cambiaria y
Bancaria.
Se trata lógicamente de un proceso operativamente más
complejo y siempre susceptible de mejoras pero partiendo de una base conceptual
simple y directa: la idea de una Moneda Paralela o Moneda Muleto, que puede ser
incluso de naturaleza transitoria y no definitiva, hasta que se logre un
estadio de estabilidad monetaria.[13]
La puesta en circulación de esta nueva moneda la haría el
Estado Nacional comenzando a pagar una parte de sus erogaciones en pesos –
digamos, un 50 % - al personal de la Administración Pública, a
Jubilados/Pensionados y a beneficiarios de Planes Sociales, y también a
Contratistas y Proveedores del Estado.
Y – cosa importante – como garantía oficial de su valor
cancelatorio la Moneda Paralela podría ser también aplicable (en la misma
proporción) al pago de Impuestos/Tasas – Nacionales, Provinciales y Municipales
de todo el país – por parte de los contribuyentes, a los Aportes
Personales/Contribuciones Patronales de la Seguridad Social, aranceles y deudas
generales con el Fisco.
O sea, que el mismo Estado-Emisor queda así “pegado” al
funcionamiento del circuito monetario.
Una de las razones más importantes de la habilitación de
esta Moneda Paralela sería lograr con ello una reducción del Gasto Público en
Pesos, ya que el quantum de su emisión se determinaría estrictamente en función
de necesidades reales y no de prodigalidad administrativa porque, caso
contrario, se estaría abriendo la puerta al peligro cierto de duplicar la
presión inflacionaria vía emisión descontrolada de dinero.
Y el mal uso de este instrumento monetario paralelo – como
decimos - lo terminaría sufriendo el propio Estado por empapelamiento no sólo
del Gasto sino también de los Ingresos Públicos, ya que ese mismo dinero le
estaría regresando después a través del cobro de impuestos.
Como las cantidades a emitir de esta nueva Moneda serían
determinadas por el Estado en función de sus necesidades – sobreentendiendo que
las mismas tienen que estar vinculadas, a su vez, a un Programa Económico de
Reactivación y Crecimiento - los recaudos para evitar su descontrol son
vitales para la salud de la Economía Monetaria y General:
a) Las sumas a imprimir debieran ser fijadas en el
Presupuesto del Ejercicio, especificando detalladamente la cantidad y/o
proporción de su uso por Partida Presupuestaria.
b) Estos importes figurarían desagregados como parte de las
Fuentes de Financiamiento en el Cuadro de Resultado Financiero.
c) Las transferencias de fondos se realizarían
solamente en base al Criterio de lo Percibido, en el sentido que sólo se
girarían a los destinatarios en función de la cronología de uso o aplicación.
El mecanismo presupuestario se complicaría así relativamente
por el uso de una Contabilidad Pública Bi-Monetaria pero sería un procedimiento
de aplicación tendiente a lograr el Equilibrio Fiscal prescindiendo de la
dependencia de la Deuda Pública (y también de su actual correlato perverso de
la Deuda Intra-Estado).
La diferencia fundamental es que con el régimen de moneda
paralela se reemplazaría precisamente el Sistema de la Deuda por un Sistema de
Emisión Controlada.[14]
La idea de sustituir la Fuente de Financiamiento Deuda por
la Fuente de Emisión Monetaria a través de mecanismos manejados efectivamente
por el propio Estado – como sabemos - no es nueva[15]
y está sujeta a peligros ciertos y muy grandes en caso de descontrol financiero;
más su razón de ser de fondo es la necesidad de eliminar por esta vía el
inmanejable monto de la Deuda Pública y del Gasto por Intereses a Pagar, lo que
explica y justifica la búsqueda de este tipo de variantes alternativas.[16]
EN SÍNTESIS:
El Estado tiene tres Fuentes básicas y clásicas de
Financiamiento: la Recaudación Tributaria (Impositiva y Previsional), la
Emisión Controlada de Dinero y la Deuda Pública.
Con una importante diferencia entre ellas: que mientras las
dos primeras fuentes, en principio, no tienen costo directo para el Estado –
fuera del gasto de diseño e impresión de los billetes en el caso de la Emisión
– la tercera (que de ser otrora un recurso extra-ordinario ha devenido ahora un
recurso “normal” y permanente) sí lo tiene, por el peso de los Intereses de la
Deuda.
Llegándose así a la paradoja que – como en el caso
argentino – cuando este costo de la fuente Deuda resulta excesivo e impagable termina
siendo necesario aumentar las otras dos fuentes para cubrirlo, con el
consiguiente efecto de la mayor carga tributaria y de la Deuda como factor de
emisión inflacionaria.[17]
Ante este problema el presente trabajo deja planteado
esencialmente tres cosas:
1. La conveniencia conceptual y fáctica de utilizar la
Emisión Monetaria antes que continuar la política financieramente suicida de
seguir tomando Deuda Pública sin capacidad de repago.
2. La necesidad y conveniencia de apelar a una variante de
Moneda Paralela – de tipo inconvertible – para poder disponer de fondos
alternativos que sirvan para cubrir los gastos de funcionamiento del Estado y
la movilización de la Economía Nacional.
3. La necesidad de emplear una forma socio-económicamente
“incruenta” de Equilibrio de las Cuentas Públicas evitando las tradicionales
consecuencias recesivas de los planes de Ajuste Fiscal.
Y es muy importante – y también urgente - que estas cosas
se piensen, se discutan y se trate de instrumentarlas en el país antes que las
nuevas tendencias en ciernes impongan supuestas “soluciones globalizadas” en la
Cuestión de la Deuda.
Porque aquí lo que en definitiva está en juego es si hoy –
bajo Crisis de Deuda por Insolvencia Fiscal agravada por la pandemia de
Coronavirus y su inevitable incidencia en la Economía Nacional y en las
Finanzas Públicas - el Estado Argentino va a sostener su situación Emitiendo
más Deuda Pública impagable o emitiendo en cambio Moneda Paralela Controlada. -
Lic. Héctor L. GIULIANO
Buenos Aires, 25.3.2020
Archivo: GIULIANO ARTICULO 2020 03 25 MONEDA PARALELA
[1] Igualmente, poco puede preverse acerca
de una reactivación del Crédito bajo las actuales condiciones recesivas y el
paro consecuente de las decisiones de Inversión, en un caso típico de Trampa de
Liquidez (no Demanda de Préstamos).
[2] Al momento de escribir esta nota, por
ejemplo, los Bancos mantienen Tasas de Interés Pasivas que pagan a los
depositantes por Plazos Fijos que son unos 10 puntos porcentuales menos que sus
colocaciones en títulos cuasi-fiscales, dado que sus tenencias en Leliq y Pases
Pasivos del Banco Central (BCRA) – sostenidas precisamente con dichos depósitos
– les rinden Tasas Activas del 38 % en el primer caso y del 25% por los saldos
a sólo un día de plazo en el segundo.
Con la
importante diferencia que en ambos casos los plazos de renovación y/o
capitalización no son los mismos ya que los términos mínimos de plazos fijos
son de 30 días mientras que los de Leliq son a 7 días y los Pases a sólo un
día, de modo que el diferencial de las Tasas Efectivas es mucho más elevado.
[3] Las abreviaturas MD/M$ y B$ - como
siempre – significan Millones Dólares/Pesos y Billones de Pesos
respectivamente, y se expresan siempre con redondeo, razón por la que pueden
darse mínimas diferencias entre totales y sumatoria de términos. Los importes
se muestran muchas veces con su equivalencia (≡) monetaria.
[4]
La explicación del cálculo de estas erogaciones financieras está
detallada en el trabajo precedente del autor titulado “La Deuda Pública en
tiempos de Coronavirus”, del 22.3.2020.
[5] Cualquiera haya sido la causa –
accidental o provocada – de la actual pandemia de Covid 19, lo cierto es que el
Sistema Financiero Internacional, con los Organismos Multilaterales de Crédito
a la cabeza - fundamentalmente Fondo Monetario Internacional (FMI), Banco
Mundial (BM o BIRF) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID) – está
contemplando justamente eventuales medidas de “asistencia” a nivel planetario,
en coordinación con la Banca Internacional (vía G-20, entre otros mega-entes
supra-nacionales) que jugaría un rol clave al amparo de un posible nuevo
régimen de endeudamiento global.
[6] Aunque por razones de espacio no vamos
a entrar aquí en el desarrollo del tema, cabe advertir que el concepto de
Moneda o Dinero Paralelo no debe ser confundido con los de Cuasi-Monedas,
Monedas Locales – Provinciales y/o Municipales (porque la Moneda tiene que ser
Nacional) – Cripto-Monedas, Monedas Digitales y otras.
[7] En chino la palabra Crisis se traduce
como Wei Ji. Esta palabra está formada por dos caracteres: el primero es Wei,
que significa Peligro y el segundo es Ji, que significa o se interpreta como
Oportunidad.
[8] La tercera función básica y clásica del
Dinero – comúnmente citada como primera y elemental – es la de ser Unidad de
Medida del Valor de las Cosas (Bienes y Servicios) pero en realidad estaría
subsumida en la de Medio de Pago ya que conceptualmente no es coherente definir
una Unidad de Valor cambiante.
[9] Las ideas de Silvio Gesell (1862-1930)
– que escribió “El Orden Económico Natural por Libre-Tierra y Libre-Moneda”
(1906) - entre otros autores heterodoxos precursores en el replanteo de las
ideas monetarias, tienen particular importancia en los tiempos en que vivimos.
El libro
de Gesell (en tres pequeños tomos) tiene traducción en castellano de 1936 -
tomada de la séptima edición alemana – y ha sido ocasionalmente reimpreso pero
se puede bajar por Internet de varios sitios Web.
La obra
de Gesell ha sido estudiada por diversos investigadores, en la Argentina y en
el Mundo, aunque no son muchos.
En
nuestro país – aparte de un trabajo clásico del Dr. Oreste Popescu, de 1963
(“Ensayos de Doctrinas Económicas Argentinas”) – cabe destacar dos libros
recientes al respecto: “Keynes & Gesell: ¿Nuevo Paradigma?” de Carlos Louge
(2015) y “Económicamente incorrecto: Silvio Gesell” de Carlos Ragonesi, de la
FBA XXI, que dirige el Dr. Juan Carlos Vacarezza (2016).
Recientemente,
incluso, se ha constituido aquí un instituto que lleva su nombre: el Instituto
de Estudios Económicos Silvio Gesell.
[10] Este concepto – en opinión del autor de
la presente nota - es en realidad la idea central subyacente de la “Teoría
Cualitativa de la Moneda” del Dr. Walter Beveraggi Allende, un libro escrito en
1981, reeditado varias veces y obtenible por Internet.
[11] La Moneda Paralela sí podría ser
convertible en Pesos – por acuerdo de partes – pero tendría siempre la garantía
de paridad 1:1 en cuanto a su valor y todo desagio sobre la misma sería un Delito.
[12] Uno de los investigadores argentinos
que conozco y que ha estudiado mejor el tema de la relación entre la Velocidad
de Circulación del Dinero y la Teoría Cuantitativa de la Moneda es el Dr.
Carlos Ragonesi – antes citado – docente de la Universidad Nacional de Lomas de
Zamora (Buenos Aires) y miembro de la FBA XXI.
Ragonesi
es autor de varios trabajos importantes al respecto, especialmente su último
libro, titulado “No emitirás” (sobre Economía Monetaria, Banco Central y
Sistema Financiero), de 2019; y otro
anterior, “Teorema Monetario” (2007), en coautoría con Marcelo Basualdo,
también miembro de la FBA XXI.
[13] La transitoriedad o no de esta
coexistencia bi-monetaria puede ser materia de discusión pero como moneda de
emergencia su aplicación puede ser indefinida; más ello no obsta para que este
tipo de moneda paralela pueda tener utilización exclusivamente física ya que el
mismo pudiera manejarse también vía Tarjetas de Débito – no de Crédito – como
las actuales Tarjetas Alimentarias, que son pagos de contado y no conllevan el
riesgo y/o la incomodidad de portación de los billetes paralelos; los que – por
otra parte – en cuanto a su forma física podrían tener simplemente el mismo
diseño de impresión que los billetes oficiales de Pesos pero con una barra
diferencial cruzada en la parte superior derecha, por ejemplo.
Por el
momento, se puede pensar que no sería necesario aplicar aquí un concepto de
oxidación de tipo geselliano porque la misma naturaleza del dinero paralelo
sería un estímulo para su uso prioritario; tendiendo a la retención de los
pesos formales como moneda más fuerte (aunque de igual paridad), pero nada
impide que tal desgaste de valor pueda ser aplicado.
[14] Estrictamente hablando, esta idea no es
nueva. Hace ya años, el Dr. Walter Beveraggi Allende (fallecido en 1993) – en
conversación con el autor de esta nota – decía que entre cubrir Déficits
Fiscales por Gasto Público a través de la Emisión Monetaria o a través del
Endeudamiento Público siempre, por definición, iba a ser comparativamente más
conveniente la Emisión porque por el dinero que emite el Estado no paga
Intereses (que hoy son el principal rubro del Gasto Público Neto).
[15] Coincide también – entre otros - con la
idea de “Moneda Dirigida” (Un ensayo de Política Monetaria) del Dr. José García
Vizcaíno (1979).
En
tiempos más recientes – cuando la Crisis de Deuda de 2001 – se dio un momento
en que durante el efímero gobierno del Dr. Adolfo Rodríguez Saá se pensó en la
idea de emitir una moneda paralela formal (el Argentino), según una iniciativa
planteada entonces por el Dr. David Expósito, pero la misma fue prontamente
abortada apenas se tuvo conocimiento de ella.
En
realidad, la caída de Rodríguez Saá (fines de Diciembre de 2001) en los hechos
habría tenido que ver más con este intento monetario heterodoxo que con el blanqueo del Default,
que a esa altura de los hechos era inevitable declararlo luego del corte de los
desembolsos del FMI a mediados de ese mes y de la fuga acumulada de más de
20.000 MD de las reservas internacionales durante la gestión del Ministro de
Economía Domingo Cavallo (Abril-Noviembre de ese año); incluyendo el “detalle”
coincidente de que también entonces la mayor parte de los giros de divisas del
Fondo fueron indebidamente vendidos al mercado a grandes bancos por el BCRA y
salieron del país como fuga de capitales, como ahora volvió a ocurrir bajo la
Gestión Macri.
[16] El autor del presente artículo - a lo
largo del tiempo - ha escrito diversos trabajos acerca de este tema y lo ha
hecho bajo distintas ponencias, incluyendo también la variante más simple y
directa de Emisión controlada de Dinero para el Financiamiento de Obras
Públicas y de Infraestructura.
Empero,
esa primitiva idea de uso de la Emisión Monetaria tradicional – aunque sigue
siendo válida - presentaba la desventaja de no acotar el destino final libre
del Dinero, cosa que la lógica de la Moneda Paralela busca evitar.
Varios de
estos trabajos están en el libro del autor “Problemática de la Deuda Externa
Argentina” (en 10 volúmenes), particularmente en el Tomo III, referido a
“Deuda, Moneda y Usura” (2008).
[17] Coloquialmente hablando: Yo, Estado,
para “equilibrar” mis Cuentas Fiscales tengo dos restricciones duras: por un
lado, la inelasticidad a la baja de la mayoría del Gasto Público (hoy en día
precisamente ligado al Costo Financiero del Endeudamiento); y por otro lado,
las limitaciones de soporte de la Economía frente a una mayor Presión
Tributaria.
Y dentro
de este esquema – como una “dicotomía de hierro” - tengo la alternativa de
tomar más Deuda para cubrir el Déficit Fiscal (que no contribuye a la baja sino
que a su vez aumenta el Gasto y el Déficit del Estado) o emitir más Dinero sin
fines productivos, con la consiguiente Presión Inflacionaria.
Lo que
busco es analizar si puedo dar con
alguna variante de la Fuente de Financiamiento Monetaria que me evite seguir
tomando Deuda y que paralelamente me sirva para controlar el riesgo de
Inflación.
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