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lunes, 6 de febrero de 2023

EN TORNO A LA LEY DE OFERTA Y DEMANDA

Por Héctor GIULIANO (3.2.2023)

 


La Ley de la Oferta y la Demanda es considerada la base fundamental de la Ciencia Económica.

La Economía – en su forma clásica o tradicional – se define como la Ciencia que estudia las formas más eficaces de cubrir las necesidades humanas mediante el uso o empleo de recursos siempre escasos frente a tales necesidades. 

En este contexto la Ley de la Oferta y Demanda es el modelo económico de base utilizado para entender el mecanismo general de formación de los Precios de Mercado y constituye un principio esencial que se aplica – de una u otra forma – al análisis de todos los procesos de la Economía Moderna.​

En su formulación básica, esta Ley explica la relación entre Sistema de Ventas de  Bienes/Servicios y mecanismo de determinación de Precios, y lo hace bajo el doble supuesto de pugna entre Compradores y Vendedores por las necesidades humanas  (Demanda versus Oferta) y de Libre Competencia de Mercado.

De modo que bajo un esquema ideal de Competencia Perfecta – un supuesto que hoy no existe en el Mundo - los Precios se determinarían en forma espontánea o natural en los puntos de equilibrio resultantes de ese libre juego de Oferta y Demanda, bajo otro falso supuesto, que es el de que ambas fuerzas tienen peso equiparable en el Mercado (un principio utópico dado que la Oferta está organizada y concentrada en pocas manos - en prácticamente todos los rubros de la Economía - mientras que la fuerza de los Consumidores Finales - la "gente" – no lo está).[1]

Como ya se ha observado muchísimas veces, si en la Teoría Económica se prescinde de la clásica expresión "supongamos que" se caen los fundamentos de toda la Ciencia Económica Aplicada.[2]

 

FALSOS SUPUESTOS DE LA LEY

La patología en la formulación o falsos supuestos de esta Ley Fundamental podrían resumirse en tres puntos centrales:

1. No existen "Leyes Económicas" – como ocurre en el plano de las Ciencias Sociales en general - a diferencia de las Ciencias Físicas o Matemáticas, que son de cumplimiento exacto e inexorable.

Pudiera hablarse de "Tendencias" o "Propensiones", tomadas como variables aisladas, pero no de Leyes. 

2. La principal falla de razonamiento que acompaña la idea de Ley de Oferta y Demanda residiría en asumir el principio de Ceteris Paribus: el supuesto irreal de que los fenómenos se analicen bajo el supuesto central de que las otras variables con incidencia económica no varíen, lo que – dada la concurrencia simultánea de las más diversas variables - nunca ocurre en materia económico-social en el mundo en que vivimos. O sea, que el presupuesto de aislamiento del análisis de los fenómenos económicos en la práctica no existe.

3. La realidad del Mercado muestra clara e irrefutablemente que el Sistema Capitalista está dirigido y controlado en los hechos por pocas Grandes Empresas formadoras de Precios – en términos generales, "la Oferta" - y que las mismas siguen el principio de la Concentración Económica, una profecía de Karl Marx que sostiene básicamente que, librada a su suerte, la Economía tiende a concentrarse cada vez más en pocas manos, cosa que es empíricamente cierta.

Con el agravante que en la época actual el Capital Financiero manda sobre el Capital Económico – que es el que mueve y/o condiciona la Economía Física o Real – pero lo hace con las mismas características de Concentración y en el marco de subordinación de las Economías Nacionales al proceso de Globalización en el planeta.

 

UN MODELO DE TRES VARIABLES

Es probable que el erróneo esquema conceptual de fondo en el planteo de "la Ley" provenga de considerar que la fijación de Precios se determina solamente por dos variables: la Oferta y la Demanda; sin considerar que el Precio es consecuencia pero también actúa como causa de "la Ley".

En su viejo "Curso de Economía Política" – cuya primera edición en francés data de 1909 y fue sucesivamente reeditado – Charles Gide, cuando se refiere al mecanismo de formación de los precios según la Ley de la Oferta y la Demanda observaba que primitivamente la relación entre Valor y Precio se determinaba diciendo que "el valor de cambio varía en razón directa a la Demanda y en razón inversa  de la Oferta". Pero aclaraba que esta fórmula era ya objetable en su tiempo.

Entre las objeciones que Gide hace en contra de la validez de la Ley hay una particularmente importante en opinión el autor de esta nota: la de "tomar el Efecto por Causa".

Dice Gide: "Si el acrecentamiento de la Demanda hace subir el Precio, claro es que, a su vez, la baja del Precio tiende a restringir la Oferta. En otros términos, en vez de decir que la Oferta y la Demanda reglan el Precio, podría decirse lo mismo que el Precio regla a la Oferta y la Demanda".[3]

Aunque Gide apunta aquí a un desarrollo suyo que excede el nivel de detalle del presente trabajo, lo relevante es su observación central acerca de que el Precio es o puede ser determinante en la variación de la Oferta y la Demanda, un "detalle" que los Economistas del Establishment normalmente soslayan.

En efecto, podría darse – y se da en los hechos – que determinadas empresas (por ejemplo, supermercados y empresas líderes en general) reduzcan transitoria y artificialmente los precios de algunas mercaderías para inducir así un aumento de la Demanda de los Consumidores frente a la Competencia o, a la inversa, que los aumenten compensando la merma relativa de cantidades demandadas. Aunque en la práctica, la regla es que directamente incrementen los precios abusando de su poder dominante en el Mercado.

Por ende - aparte del problema práctico citado - queda flotando la duda de si, según la Teoría Económica tradicional, la formación de los Precios es producto sólo de la tensión entre dos variables – Oferta y Demanda – o entre tres, al incorporar el Precio como tercera variable, que resultaría así una alternativa o variante para influir sobre las otras dos: la Demanda y la Oferta.

En cuyo caso debiéramos hablar de la Tendencia – no Ley – a la determinación de Precios no sólo por efecto del juego de dos variables sino de tres, que interactúan lógicamente entre sí.

Tal la inferencia que surge de la validez de esta lectura del razonamiento de Gide.

     

FACTORES DESFIGURATIVOS DE LA LEY

Existen – además de los citados - otros fenómenos o variables que alteran la formulación clásica y básica de la Ley de la Oferta y la Demanda en sí misma; y los más relevantes son:

a) La excepción dada por el hecho que el precio de ciertos productos  tengan un movimiento inverso al que marca la Ley, como es el caso de los Bienes de Giffen (aplicado a los productos sustitutivos más baratos; hoy en día, "segundas marcas") y también a razones ajenas a la racionalidad mecánica inmediata del Mercado, como es el caso de las expectativas (ejemplo clásico en la Argentina: el aumento de la Demanda del Dólar ante el aumento de su Cotización-Precio).

b) Otro factor que neutraliza la validez práctica de la teoría de la Ley de Oferta y Demanda es la incidencia determinante de la Publicidad en la Economía – un instrumento artificial determinante en la Sociedad de Consumo en que vivimos – a través de la cual, bajo sus diferentes formas – directas e indirectas – se "crean necesidades" que se transforman en aumento anormal de Demanda, es decir, requerimientos y compras independientes de su real necesidad por parte de la gente.[4]

c) Y hay un tercero y más importante factor distorsivo de la Ley de Oferta y Demanda, que no proviene del análisis interno de un Mercado sectorial determinado sino de una apreciación del conjunto del Mercado, o Mercado Total, que es la llamada "Ley de Reciprocidad en los Cambios", que formulara no un economista de profesión sino un sacerdote católico con buena compresión de la Economía: Julio Meinvielle.[5]    

El Padre Meinvielle, aceptando en principio la vigencia de la Ley de Oferta y Demanda  sostiene empero que la misma no sirve si no va acompañada por otra Ley, que es la denominada Ley de Reciprocidad en los Cambios.

Esta Ley está basada en las enseñanzas de Aristóteles en la Antigua Grecia y luego en la Escolástica Medieval de Santo Tomás de Aquino, y se encuadrada dentro de la Moral Católica, que difiere esencialmente del planteo de base de la Economía Liberal moderna, que prescinde de la Ética Económica y se funda, en cambio, en el principio del egoísmo individual bajo el discutible supuesto apriorístico de una "Mano Invisible" que actuaría como fuerza regulatoria a través de Leyes de Mercado (principalmente Ley de Oferta y Demanda y Teoría de la Libre Competencia, siendo que ambas, estrictamente hablando, no existen en la realidad de la Economía).  

En pocas palabras: la Ley de Reciprocidad en los Cambios que plantea Meinvielle dice que el Hombre actúa simultáneamente en distintos mercados a la vez porque todos somos – de una u otra forma – Productores de algo y Consumidores de otras cosas en materia de Bienes y Servicios.

En tal condición, la relación entre Precios y Márgenes de Ganancia tiene una importancia fundamental en los intercambios entre sectores (por ejemplo, productos agrícolas versus industriales, fabricación de bienes y prestación de servicios, economía productiva versus finanzas, etc.), de modo que si no existe un criterio de Proporcionalidad en las rentabilidades comparadas de todos los sectores, el cumplimiento de la regla de Oferta y Demanda no tiene efectos prácticos y equitativos para la Economía en su conjunto.

Estos costes de transferencias inter-sectoriales por disparidad en las Tasas de Rentabilidad entre los mismos – conforme sostiene acertadamente Meinvielle – constituyen la fuente de distorsión más importante en el cumplimiento del mecanismo de formación de Precios según criterio de Oferta y Demanda.

En la Argentina de hoy el caso más flagrante y escandaloso es el diferencial de Tasas de Ganancia entre Empresas Productivas en general y Entidades de especulación financiero-bancarias.

Dicho con otras palabras: que aún en el hipotético caso que la denominada Ley de Oferta y Demanda funcionase según sus postulados teóricos, la misma serviría de poco si no va acompañada y condicionada por la Ley de Reciprocidad en los Cambios.    

 

CONCLUSIONES

Hasta aquí – en forma hiper-resumida frente a la cuasi infinita bibliografía dedicada a la cuestión de la Ley de la Oferta y la Demanda -  el planteo diferencial del autor de esta nota confrontando tal postulado de la Ciencia Económica versus la realidad de los Mercados.

Se trata de un cuestionamiento al criterio de validez tradicional de  la denominada Ley de la Oferta y la Demanda, que afecta especialmente a una premisa de base de la Ideología del Capitalismo Liberal.

Porque, a nivel de concepto, hay que entender que el Precio Justo – producto de la suma de la estructura de costos más un margen de ganancia razonable y equitativo entre los distintos sectores de la Economía (idea de la Doctrina Social Católica-DSI) – no es lo mismo que el Precio de Equilibrio que se determina en función de la supuesta Ley de Mercado según la Oferta y la Demanda.

Es un tema que excede obviamente los alcances del presente trabajo pero que diferencia al  Capitalismo Liberal de la DSI, porque contrapone la idea del mecanicismo amoral del Mercado y del egoísmo individual en su afán de lucro como motores de la actividad económica frente a la concepción Cristiano-Católica del Bien Común y la Economía al Servició del Hombre antes que a los fines de optimización  del lucro y acrecentamiento del poder económico-financiero a favor del Mercado de Oferentes que propugna el Liberalismo.

 

Lic. Héctor L. GIULIANO

Buenos Aires, 3.2.2023

Archivo: GIULIANO ARTICULO 2023 02 03 LEY OF Y DEM



[1] Es notable cómo la utopía básica de la Economía Liberal se corresponde en este sentido con la utopía de la Democracia.

[2] La obra de Joan Robinson "Economía de la Competencia Imperfecta" (1933), así como la  de Edward Chamberlain "Teoría de la Competencia Monopólica" (del mismo año) y otros trabajos conexos han demostrado desde hace tiempo que la realidad económica dista de estar en un marco de Competencia Perfecta y se rige, en cambio, por reglas de Monopolio y/u Oligopolio de Mercados.

[3] Charles Gide, "Curso de Economía Política" (Editorial El Ateneo, Buenos Aires, 1953), página 349.

[4] Claudio Napoleoni, en su gran Diccionario de Economía Política (cuya primera edición en italiano es de 1956 y tiene traducción castellana de 1962) diferencia extensa y magistralmente el funcionamiento de la Economía con o sin Publicidad al tratar el problema de la formación de precios por Concurrencia Monopolística.

No confundir aquí la llamada Ley de Say – que la Oferta crea su propia Demanda – porque la misma no estaba referida al efecto económico de la Publicidad masiva sino al incremento de la Producción y el poder adquisitivo de los trabajadores-consumidores.

[5] El Padre Julio Meinvielle (1905-1973) escribió dos libros muy importantes de Economía desde el punto de vista de la ortodoxia católica: "Concepción Católica de la Economía" (1936) y "Conceptos Fundamentales de Economía" (1953), en el segundo de los cuales desarrolla el tema de la correlación necesaria entre las Leyes de Oferta y Demanda y la de Reciprocidad en los Cambios.

 

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