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viernes, 5 de diciembre de 2014

Innovación Argentina o Encauzamiento ovejuno?



Holanda quiere que los presos paguen 16 euros diarios por estar en la cárcel
El ministro de Justicia de ese país, Ivo Opstelten, envió un proyecto de ley al Parlamento que también obliga a los reos a pagar el cuidado de sus víctimas.
 
La entrada de una prisión holandesa.
 
El gobierno holandés presentó un controvertido plan para que las personas encontradas culpables de un delito paguen los costos de la investigación policial, el juicio y los gastos que generan en prisión.
El ministro de Justicia de ese país, Ivo Opstelten, envió un proyecto de ley al Parlamento que también obliga a los criminales a pagar el cuidado de sus víctimas. Así lo informa hoy el diario holandés Dutch News.
"Las personas que fueron encontradas culpables de un crimen quebraron la ley, forzaron al gobierno a intervenir y deberían contribuir para costear esto", dice el proyecto.
Los pagos podrán hacerse a plazo por un periodo de seis meses y se admitirán retrasos para las personas que no puedan pagar, dijo el ministro.
A los prisioneros se les pedirá que paguen 16 euros por día por un máximo de dos años para costear su mantenimiento. Y habrá montos más chicos para los padres de menores.
Los abogados, en contra
La Sociedad de Abogados de Holanda se opone totalmente al plan. "El prisionero promedio no tiene dinero y no podés pagar lo que no tenés", dijo su vocero, Bert Fibbe.
Además, quienes se oponen sostienen que el plan les hará más difícil a los presos reinsertarse en la sociedad. "Hay un riesgo real de que la gente con grandes deudas se descarrile de nuevo", afirmó el vocero. Los abogados tampoco están de acuerdo con que la penalidad financiera sea impuesta sin la intervención de un juez.
El gobierno espera recaudar 65 millones de euros por este impuesto. "Haciendo esto, Holanda sigue a otros países europeos que tienen sistemas similares", aseguró el ministro, en referencia a Dinamarca y Alemania..


Lo resolvió en favor de un grupo de reclusos de Ezeiza que reclamó condiciones similares a las de cualquier trabajador. El fallo se conoce en medio de un pedido sindical para que los reos tengan aguinaldo y vacaciones



Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, hizo lugar a un hábeas corpus colectivo presentado por la Defensa Pública Oficial y la Procuración Penitenciaria de la Nación, mediante el cual un grupo de presos peticionó la equiparación de sus derechos laborales a las condiciones de trabajo libre.
El fallo favorece específicamente a los reclusos alojados en los pabellones A, B, C y D de la Unidad Residencial V del Complejo penitenciario federal I de Ezeiza que realizaron la presentación judicial, pero abre las puertas a que se produzca una avalancha de reclamos similares.
En concreto, la decisión de la Justicia dispuso que se cree un régimen laboral para los convictos con idénticos derechos que los de una persona libre; de esta manera -aunque no fue explicitado-, el Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (Sutpla) podría lograr su objetivo de que los encarcelados que trabajan también gocen de aguinaldo y vacaciones.
La resolución de la Cámara de Casación Penal advirtió que la lucha contra la inseguridad solo será posible si se brinda empleo a los reos. Y -plagada de citas y referencias doctrinarias- hace hincapié en el principio constitucional de "igual remuneración por igual tarea" para las personas privadas de su libertad.
Este fallo abre las puertas a una ola de presentaciones similares y posibilitaría que el sindicato de presos logre que todos los reclusos cobren aguinaldo y vacaciones
El juez Slokar, en el voto principal, indicó que "para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares, entre otros el derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos sus alcances, (asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación) por imperio del principio de progresividad".
"En este ámbito, como en el medio libre, nunca es tan necesario recordar el eterno adagio: el trabajo digno dignifica al hombre", afirmó el magistrado, quien agregó que "enfrentar las inseguridades es combatir a la par la inseguridad civil y la inseguridad social".
"Hoy en día existe un amplio consenso respecto de que, para asegurar la seguridad civil (la seguridad de los bienes y de las personas) se requiere una fuerte presencia del Estado: hay que defender el Estado de derecho. Lo mismo debería suceder para luchar contra la inseguridad social: habría que salvar el Estado social", destacó el juez al fundamentar su voto.
El fallo plantea "la realidad laboral penitenciaria argentina actual" en donde el 59 por ciento de las personas privadas de su libertad en la Argentina "no accede actualmente a ningún trabajo remunerado".
También se hizo referencia a "los indicadores oficiales que informan que del universo de aquellos trabajadores presos remunerados, sólo el 19 por ciento cuenta con la posibilidad de acceder a cuarenta horas semanales de trabajo remunerado, en tanto el 81 por ciento restante o trabaja menor cantidad de horas o no tiene posibilidad de acceso a un trabajo pago, por cierto por razones ajenas a su voluntad".
La presentación fue realizada a partir de un pedido del ciudadano ucraniano Yuriy Tiberiyevich Kepich, preso en la cárcel de Ezeiza, quien ya hizo planteos similares por el derecho a la comunicación con sus familiares y a recibir encomiendas.

El Sutpla es el sindicato que defiende los derechos de los reclusos y forma parte de la CTA oficialista que lidera Hugo Yasky
Los reos sostienen que aquellos días que no podían trabajar, ya sea por enfermedad, estudio o visitas, no les pagaban el día pese a tenerlo justificado.
Ante el reclamo, el tribunal dispuso ordenar al Ente de Cooperación Técnica y Financiera (ENCOPE), dependiente del Servicio Penitenciario Federal, junto con los organismos del Estado vinculados a la materia en cuestión, y de consumo con la Procuración Penitenciaria, la elaboración de un régimen de trabajo para las personas privadas de su libertad que, a la par de organizar el trabajo intramuros atendiendo al especial ámbito en el que se desarrolla, adapte su régimen a la normativa local vigente y a los instrumentos internacionales que rigen la materia.
También se encomendó al director del Servicio Penitenciario Federal para que durante la transición se instruya a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza para que ajusten su actuación de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo y sus modificatorias, respecto de los internos que desempeñen tareas laborales. Y se dispuso comunicar el fallo a los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
 

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