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miércoles, 29 de mayo de 2024

Emitir 35 billones de pesos

deuda en letras del tesoro

El banco central desaparece y se convierte en el banco argentino de la deuda 

Después de la corrida cambiaria, Caputo sube tasas para colocar bonos cortos por más de $ 3,5 billones

  • El salto del dólar encendió una alarma en Economía
  • Y pusieron un piso superior a lo que ofrece el mercado
  • Buscan absorber los fondos de los bancos en pases

El ministro de Economía Luis Caputo en el 41 congreso anual IAEF. Fotos: Emmanuel Fernández.

Juan Manuel Barca 29/05/2024

El Gobierno tomó nota de la corrida cambiaria de la semana pasada y adoptó varias medidas en las últimas horas. La primera fue la suba de tasas en los títulos cortos del Tesoro y la segunda la ampliación de la emisión de letras en $ 35 billones con vencimiento en 2024. Con esas herramientas, el Ministerio de Economía intentará colocar este miércoles al menos $ 3,5 billones de deuda en pesos y captar fondos del desarme de los pases del Banco Central.

La secretaría de Finanzas ofrecerá $ 1,5 billones de la Lecap con vencimiento en junio con una tasa mínima del 4,2%, $ 1 billón hasta julio y el mismo monto hasta agosto. "Esta tasa se ubica por encima de las TEM (tasa efectiva mensual) de la curva del cierre ayer (terminaron en el rango de 3,5%/3,9%) por lo que sería lógico que este instrumento vuelva a captar la atención de los bancos", señaló un informe de PPI.

El equipo de Luis Caputo se vio sorprendido la semana pasada por la disparada de los dólares paralelos, que llevaron las cotizaciones en torno a los $ 1.270 y la brecha cambiaria al 40%. El salto, que en los días siguientes se moderó con la aparente ayuda de "manos amigas", se produjo después de que el Banco Central se "pasara de rosca" con la baja de tasas en los pases que ofrece a los bancos, en medio de un menor ingreso de dólares de la cosecha.

"Claramente, no quieren bajar la tasas del Banco Central, sino que la baje el mercado. Ahí, encontraron un límite a la baja de tasas, se les despertó de nuevo el CCL y el MEP, entonces el Central no va a bajar más las tasas. Están más prudentes prudentes después de la semana pasada, si bien dijeron que no les preocupaba, salen a pagar una tasa en la curva corta bastante más alta que en el mercado secundario", explicó Gabriel Caamaño, director de Outlier.

Ese cambio de escenario plantea desafíos a la estrategia oficial de traspasar deuda del Banco Central (pases) a deuda del Tesoro mediante el ofrecimiento de mayores rendimientos en títulos con plazos de entre 15 y 75 días por parte de Economía. Ya el exministro Martín Guzmán intentó algo similar hasta que el rescate masivo de bonos CER terminó con su renuncia y dio origen a la creación de los puts, una suerte de seguros de liquidez para los bancos.

Ahora, la intención de Caputo es que el BCRA deje de emitir puts y bids, instrumentos en la mira de Javier Milei después del uso irregular que le dieron algunos bancos. Y, a la vez, el Tesoro busca absorber los pesos en pasivos remunerados del BCRA. El Gobierno redujo esa cuenta de $ 44 billones a $ 26 billones. La contracara fue un mayor endeudamiento del fisco, lo que deberá ser cubierto con mayores impuestos o menores gastos, pese al ajuste en curso.

A pesar de que los bancos privados habían comenzado a reducir su stock de pases, recuperaron en estos días casi $ 3,5 billones para totalizar un stock cercano a los $8,5 billones. "Esto nos daría a entender que existirá un volumen suficiente para hacer frente a la demanda de $3,5 billones de la licitación de mañana tan solo considerando el potencial desarme de pases", estimó Aurum, la consultora que dirige Pablo Repetto.

El resto de los pases, el 67% del stock, quedó en manos de bancos públicos tras la última subasta del Tesoro. "Es relevante aclarar que la deuda no desaparece (mirando el sector público consolidado), sino cambia de manos del BCRA al Tesoro", advirtió PPI en un informe donde se estima que la deuda del Tesoro en pesos alcanza el 44,7% del PBI, de los cuales 17,9 puntos porcentuales estarían en manos del sector privado.

https://www.clarin.com/economia/despues-corrida-cambiaria-caputo-sube-tasas-colocar-bonos-cortos-35-billones_0_quaZlWtht8.html

Decreto 459/2024

DNU-2024-459-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-51238784-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023, y el Decreto N° 280 del 26 de marzo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 38 de la Ley N° 27.701, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88/23, con la ampliación dispuesta por el artículo 8º del Decreto N° 280/24, se autorizó al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a emitir Letras del Tesoro, hasta el monto allí determinado, para dar cumplimiento a las operaciones previstas en el programa financiero, las que deben ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emitan.

Que en el marco de una estrategia de reducción de emisión monetaria vía rotación de Pases a Letras del Tesoro, resulta necesario realizar una adecuación del monto determinado en la normativa citada en el considerando precedente.

Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.

Que la Ley N° 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE debe expedirse acerca de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia y elevar los respectivos dictámenes al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.

Que el artículo 22 de la Ley N° 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Amplíase en la suma de VALOR NOMINAL PESOS TREINTA Y CINCO BILLONES (V.N. $35.000.000.000.000), o su equivalente en otras monedas, la autorización para emitir Letras del Tesoro reembolsables durante el Ejercicio 2024, prevista en el artículo 38 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88/23, con la ampliación dispuesta por el artículo 8º del Decreto N° 280/24.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a emitir Instrumentos de Deuda Pública hasta alcanzar un importe máximo en circulación de VALOR NOMINAL PESOS TREINTA BILLONES (V.N. $30.000.000.000.000), para afrontar las emisiones por renovación de vencimientos que se produzcan durante el final del Ejercicio 2024 y cuyo vencimiento supere el ejercicio fiscal corriente y sea menor a los NOVENTA (90) días, de acuerdo con las condiciones financieras que el citado Órgano determine.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse - Guillermo Francos - Diana Mondino - Luis Petri - Luis Andres Caputo - Mariano Cúneo Libarona - Patricia Bullrich - Mario Antonio Russo - Sandra Pettovello

e. 27/05/2024 N° 32900/24 v. 27/05/2024

Fecha de publicación 27/05/2024

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/308175/20240527

 

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