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jueves, 19 de marzo de 2015

El gran acuerdo


ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA SOBRE CONSTRUCCIÓN, ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE UNA ESTACIÓN DEL ESPACIO LEJANO DE CHINA EN LA PROVINCIA DE NEUQUÉN.


El Programa Chino de Exploración en la Luna fue celebrado en la Ciudad de Buenos Aires el 23 de abril de 2014 y consta de ocho (8) artículos cuya copia autenticada en idioma español e ingles forma parte integrante de la presente ley.

La ley rectificatoria del Acuerdo de Cooperación referido a una Estación del Lejano Espacio de China en la Provincia de Neuquén. 
Ley Nº 27.123 sancionada por el congreso el 25 de febrero de 2015 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 03 de marzo de 2015.





ARTÍCULO 1° - Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la
República Argentina y el Gobierno de la República Popular China sobre la
construcción, el establecimiento y la operación de una estación de espacio
lejano de China en la provincia del Neuquén, Argentina, en el marco del
Programa Chino de Exploración de La Luna, celebrado en la ciudad de Buenos
Aires, el 23 de abril de 2014, que consta de ocho (8) artículos, cuya copia
autenticada, en idioma español e inglés, forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE.

- REGISTRADO BAJO EL N° 27.123 -
















SINOPSIS DEL ACUERDO


Considerandos:
Los considerandos referidos en el Tratado rectificado por Ley Nº 27.123 son los siguientes:

1)      “Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes”, celebrado el 27 de enero de 1967 entre Argentina y China.
2)      “Convenio sobre Cooperación Científica y Técnica” entre el Gobierno de China y el Gobierno de la Argentina, firmado el 7 de junio de 1980.
3)      “Acuerdo marco de cooperación técnica para el uso pacífico del espacio ultraterrestre entre la Comisión Nacional de Actividades Espaciales de la Argentina (CONAE) y la Agencia Espacial China (CNSA) celebrado el 16 de noviembre de  2004”.
4)      “El Gobierno de la República Popular China está llevando a cabo un Programa de Exploración de la Luna, y prevé futuras etapas de exploración de otros cuerpos celestes del Sistema Solar, en particular, el Planeta Marte”.
5)      “Argentina manifiesta su firme voluntad de contribuir al programa de Exploración Lunar del Gobierno de China.”
6)      El Gobierno de China “ha identificado que el territorio de la Provincia de Neuquén, Argentina, es el que reúne las condiciones más favorables para alojar una Estación de Espacio Lejano en América del Sur”.
7)      Para todo ello se instrumenta el presente acuerdo argentino-chino acordándole a China: beneficios impositivos, aduaneros, migratorios y consulares entre otros.


TEXTOS DEL ACUERDO

Artículo 1 – Cooperación para la Construcción y Establecimiento para la instalación y seguimiento terrestre, comando y adquisición de datos que incluye una Antena para la investigación del Espacio Lejano, en el territorio de la Provincia de Neuquén.
Las instalaciones serán construidas y operadas por China.

Artículo 2 – Desgravaciones Impositivas. La planta estará exenta de todo impuesto y/o derecho aduanero y de todos los impuestos internos incluido los impuestos al consumo y el IVA.

Artículo 3.1  - El Gobierno de China llevará a cabo sus actividades de acuerdo con las leyes y reglamentaciones nacionales de la Argentina, y en especial de la Provincia de Neuquén.

Articulo 3.2 – El Gobierno de China declara que las obligaciones y derechos que se establecen en el presente Acuerdo de Cooperación deberán ser cumplidas por el Centro de Lanzamiento y Seguimiento y Control (CLTC), organismo chino responsable de la construcción y operación de la Red China de Comunicaciones del Espacio Lejano.

Artículo 3.3 – El Gobierno de la Argentina no interferirá ni interrumpirá las actividades normales que se lleven a cabo en virtud del presente Acuerdo de Cooperación.

Artículo 4 – Cuestiones Migratorias. El Gobierno Argentino facilitará la tramitación de los permisos de ingreso y/o de emisión de visas que sean necesarios para poner en vigencia el presente acuerdo.

Artículo 5.1 -  Régimen Laboral. Las relaciones laborales necesarias para la ejecución del presente acuerdo se regirán por la ley del lugar de ejecución del Contrato.
Poder de policía (administración) en materia laboral y de seguridad e higiene será ejercido por la Argentina.
El Gobierno de China cumplirá con las reglamentaciones vigentes en la Argentina en materia de poder de policía laboral, seguridad e higiene del trabajo.

Artículo 5.2 -  Las remuneraciones y otros ingresos abonados por el gobierno de China a los empleados de nacionalidad china, se regirán por la legislación del país de origen.

Artículo 6 – Indemnidad. La Argentina no se responsabiliza  ni nacional ni internacionalmente por las actividades del Gobierno de China en su territorio vinculadas a este proyecto.
El Gobierno de China mantendrá indemne a Argentina de toda obligación que surgiere de reclamos de toda naturaleza a pedido e instancia de terceros, con respecto a las actividades que China realizará en el país.

Artículo 7 – Soluciones de Controversias: se solucionarán por los canales diplomáticos. No hay determinación de ley aplicable y de tribunal competente.

Artículo 8.1 – Vigencia. Tendrá una vigencia de cincuenta (50) años.

Artículo 8.2 – Enmiendas de cualquier artículo del presente acuerdo serán acordadas por las partes por escrito.

Artículo 8.3 – Plazo de vigencia del presente acuerdo puede ser extendido mediante negociaciones entre las partes. Para extender la vigencia del acuerdo deberá notificarse la otra parte al menos tres (3) años previos al vencimiento de este acuerdo.

Artículo 8.4 – Cada una de las partes tendrá derecho a terminar el presente acuerdo por justa causa debidamente acreditada. La parte peticionante deberá notificar a la otra parte por escrito con al menos cinco (5) años de anticipación.

Artículo 8.5 – En caso de terminación anticipada las partes deben hacer consultas previas relacionadas con la finalización, reduciendo el impacto negativo de la terminación anticipada.


FIRMADO EN BUENOS AIRES EL 23 DE ABRIL DE 2014

Firman los presidentes de ambos países.


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Corresponde señalar que el 8 de septiembre de 2014, el diario La Nación, en las páginas 1 y 5, publicó la preocupación que en los sectores militares había ocasionado el eventual uso militar de un área espacial china en el sur. Decía La Nación en la página 1:

Preocupa el eventual uso militar de un área espacial de China en el sur. En las Fuerzas Armadas y en la oposición creen que la estación que se construye en Neuquén podría convertirse en una base misilística; el texto central del plan es secreto.”

A su vez, en la página 5 de La Nación de esa fecha se publica lo siguiente:

Preocupa el eventual uso militar de una estación china en Neuquén. En las fuerzas Armadas y en la oposición creen que el centro que se esta construyendo en el Sur podría convertirse en una base misilística; parte de los documentos de iniciativa son reservados.”

Ahora, en marzo de 2015, los actos jurídicos que nos dominarán están consumados.  
Antecedentes del acuerdo con China ratificado por
Ley 27.123 promulgada en marzo 3 de 2015.

- Artículo extraído de “El País”. 6 de junio de 1980. http://elpais.com/diario/1980/06/06/internacional/329090417_850215.html -
El presidente argentino, Jorge Rafael Videla, inició ayer una visita oficial a China que tendrá seis días de duración. Con esta visita de Videla, Pekín trata de contrapesar la «amenaza» soviética en Latinoamérica. El general Videla es el primer jefe de Estado del Cono Sur americano que visita China. Anteriormente, el único estadista latinoamericano recibido en el país fue el mexicano José López Portillo, que llegó a Pekín en 1978.
Videla se entrevistará principalmente con el «número uno» chino, Hua Guofeng. Estas entrevistas han sido situadas por Pekín bajo el signo de la resistencia suramericana a las «interferencias extranjeras». El Diario del Pueblo ha subrayado que existe «una amería.za de expansión y de penetración de las superpotencias en Latinoamérica».
Según se estima en los medios diplomáticos, los dirigentes chinos van a aprovechar la ocasión para poner en guardia a este continente contra las actuaciones de Cuba, aliada con la URSS. Se espera, en cualquier caso, que estos ataques contra la Unión Soviética se hagan con discreción para no indisponer al general Videla, que tiene buenas relaciones con Moscú.
China y Argentina deben firmar un acuerdo comercial y otro sobre la cooperación científica y técnica.
Más de una docena de altos responsables argentinos (además del presidente Videla) se encuentran en estos momentos fuera de su país, realizando visitas diplomáticas,
Este frenesí viajero corresponde al deseo de sacar a Argentina del semi-gueto en que se encuentra desde el golpe de Estado de 1976, según se analiza en Buenos Aires. Otra razón es la necesidad de tranquilizar a sus socios comerciales sobre la solidez del sistema económico argentino, que reposa en gran parte en las inversiones extranjeras y en las importaciones de productos manufacturados y bienes de equipo.
Precisamente, la visita de Videla a China servirá para vender al Gobierno de Pekín carne y cereales.

NOTA:  Las vinculaciones con China que se concretan hoy en 2015 provienen de la iniciativa del proceso militar macabro y genocida que gobernó la Argentina entre 1976 y 1983. El artículo que transcribimos determina claramente que el objetivo de ese “proceso” de destruir el capital argentino destinado a la industrialización tenía por objeto reemplazar el capital argentino por el capital extranjero. Al efecto, hay que recordar siempre el siguiente párrafo transcripto: según el dictador Jorge Rafael Videla “la necesidad de tranquilizar a sus socios comerciales sobre la solidez del sistema económico argentino, que reposa en gran parte en las inversiones extranjeras y en las importaciones de productos manufacturados y bienes de equipo.”
El “socio comercial” de la Argentina era y es Gran Bretaña, con una intensidad que hizo decir a Alfred Marshall, premio Nobel de economía de principios de siglo XX, que Argentina y Gran Bretaña presentaban una identidad de vinculaciones que deberían llamarse “Ecuación anglo-argentina” (cita de Harry S. Ferns en “Gran Bretaña y Argentina en el siglo XIX”, Editorial Solar Achette, Buenos Aires, 1975).
China entra ahora en la Argentina ancada en el caballo británico.



SINOPSIS EVOLUTIVA DE LA PRESENCIA DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA CHINA EN LA REPÚBLICA ARGENTINA


1)      1842 – Tratado de Nankin: Gran Bretaña se adjudica la libre distribución del opio que importa de la India (colonia británica) en el territorio chino. Para ello China cede a Gran Bretaña la ciudad y puerto de Hong Kong para que allí se instale la administración de todos los recursos británicos provenientes de la venta de opio en China y otros lugares asiáticos.
Hong Kong debía ser devuelto al territorio chino antes del año 2000.

2)    En el año 1997, Hong Kong fue devuelta a China continental. Esto determina el siguiente interrogante: ¿Hong Kong fue devuelta a China o Hong Kong se apoderó de la estructura económica de China?
Ningún medio de difusión acotó este interrogante decisivo para las futuras vinculaciones de China con el mundo.
Decimos esto porque Hong Kong en 1997 constituía lo que de seguido expresamos: En Hong Kong se aplica el modelo administrativo conocido como “un país, dos sistemas”. Consiste en el mantenimiento de un sistema económico capitalista bajo la soberanía de un país de ideología oficial comunista. Además del sistema económico, mantienen un sistema administrativo y judicial independiente, e incluso su propio sistema de aduanas y fronteras externas.

3)   Coetáneamente, alrededor del año 2000, en toda la Argentina (barrios de la Capital Federal, provincias, regiones, pueblos y ciudades) se instaló el pulpo bancario HSBC (Hong Kong and Shanghai Banking Corporation).

4)   Con esto, China tuvo una infraestructura bancaria en todo nuestro país para desarrollar sus actividades.

Gran Bretaña propietaria del HSBC.

En The Wall Street Journal Americas, transcripto por el diario La Nación el 24 de febrero de 2015 (página 16, columna 2), se enfatiza que este banco británico actúa en Estados Unidos, Brasil y México. Esta afirmación The Wall Street Journal Americas nos impone la necesidad de exponer una breve reseña sobre el Hong Kong Shanghai Bank:
Hong Kong and Shanghai Banking Corporation , con su sede central en Londres, es una de las mayores organizaciones de servicios bancarios y financieros del mundo.
Este banco es la segunda mayor empresa mundial en acciones. Sus resultados se publican en dólares debido a que el 80% de sus ingresos provienen de fuera del Reino Unido. Alrededor del 22% de sus ingresos se deben a operaciones en Hong Kong, donde estaban sus oficinas centrales hasta 1991.
HSBC se organiza en cuatro grupos de negocio: banca comercial, banca global y mercados (así es como denomina a su banca de inversión), gestión de patrimonios y banca global privada. De esta forma cuenta con importantes operaciones en banca personal, comercial, corporativa y de inversión, así como en el negocio asegurador, el Grupo tiene más de 10 000 oficinas en 82 países en territorios de Asia, Oriente Medio, Europa, África y América.
En el año 1865 se crea la banca HSBC (The Hongkong and Shanghai Banking Corporation) con el fin de administrar las enormes ganancias generadas por el tráfico de opio como resultado de las Guerras del Opio.

5)  Queda así demostrado como los bancos anglo chinos constituyen un grupo de presión o factor de poder vinculado al narcotráfico y con enormes incidencias en la política, el derecho y la economía de la República Argentina.

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Inmigración China

El diario Perfil del domingo 11 de enero de 2015 (página 26) nos informa que el Poder Ejecutivo ha firmado un controvertido acuerdo de cooperación con China que ya fue ratificado por el Senado y que será tratado por la Cámara de Diputados al reiniciarse las sesiones.

Los puntos capitales de esta información son los siguientes:
-          El acuerdo contiene artículos sobre el otorgamiento de obras públicas, inversiones de empresas Chinas para exportar a su país y el compromiso de facilitar el ingreso de ciudadanos chinos. Este tema de inmigración está reflejado en el artículo 6 y expresa la decisión del Poder Ejecutivo de promover la inmigración china. De la misma manera que lo hizo con la inmigración latinoamericana, en 2004, a través de la ley 25.781.
La redacción del artículo 6 dice que se otorgará a los nacionales chinos las facilidades para la realización de actividades lucrativas, laborales o profesionales, como empleados o por cuenta propia en condiciones de igualdad con los nacionales. La segunda parte del párrafo transcripto condiciona la igualdad de los chinos con los nacionales argentinos “siempre que se hubieran concedido permisos de residencia y de trabajo para el ejercicio de dichas actividades”.
-          El artículo 5 se refiere a las obras de infraestructura cuya ejecución se otorgue a empresas chinas.
“Es posible que esta masiva incorporación de trabajadores chinos para trabajar en esas empresas determinen que los inmigrantes chinos vengan embaídos de un espíritu revolucionario y harán un aporte significativo al proceso nacional y popular”. Agrega el texto citado que “su mayor productividad y conciencia proletaria podrían llegar a constituir un aporte decisivo para la transformación del país”.
-          Continúa el artículo diciendo: “en los años ’90 la Argentina era un país de tránsito porque munidos de pasaporte argentino los chinos no necesitaban de visas para proseguir a los Estados Unidos. Una vez que los Estados Unidos reimplantaron el requerimiento de las visas, los chino optaron por quedarse en la República Argentina”.
En este Acuerdo de Cooperación con China, es evidente que China aumentará sus presiones, brindará a sus nacionales apoyo económico y protección “en circunstancias donde la Argentina aparece dependiendo cada vez más de la asistencia financiera de este país.”

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Asociación de China con YPF (sociedad anónima del Estado) con relación
al yacimiento de Vaca Muerta.

En la Nación del jueves 29 de enero de 2015 leemos lo siguiente:

CONVENIO. Miguel Galuccio (Presidente de YPF) y Chngyu Fu (Presidente de Sinopec, petrolera china) firmaron ayer en Pekín un convenio para invertir en conjunto: apuntan concretar sociedades en las provincias de Neuquén y Santa Cruz.
“A través de su subsidiaria local, Sinopec ya inició un due dilligence técnico sobre ciertas áreas de exploración y desarrollo con objetivo Vaca Muerta, junto a equipos técnicos de YPF”.

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En el diario La Nación del 5 de febrero del 2015 (página 25) encontramos este importantísimo dato:
“El 81,77% de las exportaciones argentinas a China en 2013
fueron productos agroindustriales.”
En el mismo artículo leemos lo siguiente: “En China, año a año llega el 80% de las exportaciones argentinas de soja.”
“La Argentina puede producir alimentos para más de 400 millones de personas y la capacidad de nuestro productores es reconocida en el mundo entero.” (estas son palabras de la Presidente de la República, Cristina Fernández de Kirchner).
Y dice más abajo en el artículo, “el Banco La Nación abrió una sucursal en Pekín.”
Basta lo transcripto para poder evaluar la trascendencia de nuestros convenios para nuestro país y las consecuencias positivas o negativas, pero irreversibles, que estos convenios dejarán para las futuras generaciones.

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En La Nación del jueves 5 de febrero de 2015 (página 12) leemos:

“VIAJE OFICIAL. Profundizó con Xi la alianza estratégica integral y pidió las empresas que inviertan en plantas de potasio, petróleo y litio; los acuerdos prevén facilidades a los interesados a cambio de divisas.”

Como vemos, este ritmo de celebrar cuantiosos tratados con China es algo que en el país y en otras naciones del mundo no ha tenido precedentes.


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Diario Perfil, sábado 7 de febrero del 2015:

“Con adjudicaciones directas y convenios reservados, se firmaron proyectos para los próximos 4 años. “

La noticia esta ilustrada con el siguiente cuadro de inversiones chinas en la Argentina:


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Acuerdo con China. Una estrategia que siembre dudas y temores.

Diario La Nación, domingo 22 de febrero de 2015 (páginas 1 y 2)

“A cambio de préstamos para obras que no se consigue de otras fuentes, la Argentina se compromete a usar sólo tecnología china, otorga adjudicaciones directas y se expone a la llegada de obreros asiáticos.”

Los acuerdos firmados por la Presidente de la República con el Presidente de la República Popular China en su último viaje, suman quince. Estos se suman a los 18 acuerdos celebrados con motivo de la visita del presidente chino a la Argentina. El informe oficial señaló que los acuerdos incluyen proyectos conjuntos para ser realizados en materia cultural, tecnológica y económica.
La Unión Industrial Argentina señaló con motivo de esto que de ratificarse estos convenios, la consecuencia sería la siguiente:

Quedamos atados a usar sólo tecnología china.

Se inscriben en estos convenios la construcción para el país de las centrales nucleares. De allí surge que serán construidos por China Atucha IV y la Termoeléctrica Manuel Belgrano. El temor concreto de la Unión Industrial Argentina está referido a los industriales argentinos. Esto esta consignado en los artículos 5º y 6º de los acuerdos.

- El artículo 5º de los acuerdo le otorga a China la posibilidad de captar obras públicas por adjudicación directa a cambio de financiamiento blando. Al respecto, llama mucho la atención que China otorgue un financiamiento a largo plazo del 3% cuando todos los entes financieros del mundo esta prestando al 20%.
La ventaja de China con esta reducida tasa de interés es porque la misma nos mantiene atados a su tecnología y en consecuencia la obra terminada no puede manejar el precio fuera de los parámetros chinos.

- El artículo 6º es el que más ruido ha causado en la Unión Industrial Argentina por cuanto en él se da preferencia a la mano de obra china, junto con otros permisos para hacer investigaciones tecnológicas. Un ejemplo contundente de esto es la investigación lunar que se establece en Neuquén sobre las doscientas hectáreas que se le adjudican a China para que realicen su cometido. En consecuencia todo indica que la obra una vez termina será manejada exclusivamente por los chinos.

Otra preocupación de la Unión Industrial Argentina es que todo el acero que se utilicen en esas obras ha de provenir de China únicamente.


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Lo mismo ocurre con la construcción en las represas hidroeléctricas Cepernic y Kirchner, que se construirán en el Río Santa Cruz en la provincia homónima. Este cuestionamiento es razonable en razón de que para construir la Atucha III se recibió una financiación de China de 2.000 millones, y los encargados de ejecutar la obra son Nucleoeléctrica Argentina y Corporación Nuclear China. Estas empresas fueron elegidas por Adjudicación Directa sin licitación de ninguna especie.

-  Otro convenio habla de la adjudicación de Buques y Dragas. Y para ello se recibió de China una financiación de U$S 423 millones. El contrato fue hecho por Adjudicación Directa y tanto las dragas como los buques provendrán de astilleros chinos.

-  La Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) remitió un telegrama a los diputados advirtiéndoles sobre los efectos negativos de los artículos 5º y 6º, antes comentados, habrán de tener sobre la mano de obra de los argentinos.

-  Otra cuestión está referida a la financiación china del ferrocarril Belgrano Cargas. Este ferrocarril es el antiguo Ferrocarril Central Argentino que une Buenos Aires con Tucumán.
Para poder apreciar la importancia de esta cuestión es imperioso exhibir un croquis cartográfico del trazados ferroviario en la Argentina hasta agosto de 1989, fecha en que se dictó la Ley 23.696 llamada Reforma del Estado, cuyo objetivo era privatizar todo el patrimonio del Estado y ver el estado en que quedaron del servicio público ferroviario después de concretadas las privatizaciones.


(Estos gráficos corresponden a la gran obra de Juan Carlos Cena “El Ferrocidio”, página 356 y 357, Segunda Edición actualizada, Ediciones La Rosa Blindada, Buenos Aires, 2008)




-  El Dr. Javier Cornejo de la Universidad de Salta comenta en su artículo semanal del diario El Tribuno correspondiente al 3 de diciembre de 2014 que el Ferrocarril Belgrano es nuestra mejor herramienta porque es el nexo de unión y progreso para toda nuestra región y puerta de salida hacia el mercado del Pacífico como ya en tiempos de Carlos III estaba programado.
Ahora, con el convenio realizado con China, el Ferrocarril Belgrano será la exportación de materias primas hacia China por los puertos chilenos del pacífico a donde llega el Ferrocarril Belgrano. “Así como se vació la Argentina por el Atlántico en los siglos XIX y XX, ahora en el siglo XIX los chinos, dueños absolutos del ferrocarril que atraviesa toda la Argentina, tendrá luz verde para la exportación total de nuestras materias primas hacia China”, expresa el Dr. Javier Cornejo. En definitiva los valores agregados nunca podrán estar en el país.

Como podrá advertirse, durante el levantamiento de 35 mil kilómetros de vía durante el gobierno del Presidente Menem en la década del 90’ fue realizado para que los anglo chinos unifiquen las trochas y la tracción ferroviaria en todo el país con material chino.


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La financiación de los préstamos chinos

El 3 de marzo de 2015, el estudioso Andrés Oppenheimer publicaba en La Nación (página 23) un artículo titulado “¡Cuidado con los préstamos chinos!”.
Los préstamos chinos se concretan según este autor en los países latinoamericanos para proyectos de infraestructura tendientes a facilitar la exportación de materias primas en países como Venezuela, Argentina y Ecuador.
Estas deudas, expresa el autor que citamos, serán cada vez más difíciles de pagar porque deben ser pagadas en dólares en un momentos en que las monedas nacionales de estos países se deprecian aceleradamente frente al dólar.  
De esta manera, los préstamos chinos están perpetuando la dependencia de América Latina en las exportaciones de materias primas para realizar el pago de esos préstamos.


Lomas de Zamora, miércoles 11 de Marzo de 2015



Señor Decano de la Universidad de Lomas de Zamora
Mgter, Omar Gabriel Franchignoni


Con mis máximos respetos me permito dirigirme a usted con relación al ejercicio de la cátedra a mi cargo Estructura Económica Argentina.
Le solicito audiencia a los efectos de poder expresarle personalmente y con la documentación pertinente lo que a continuación para a explicar.
Es tal lo previsto en el artículo 24 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora que expresa:

ARTÍCULO 24º
El Consejo Académico o el Consejo Superior según corresponda podrá eximir al profesor del discado de la cátedra para que dedique su tiempo a la investigación, al desarrollo de cursos de especialización, a la dirección de seminarios o atención de cuestiones de fundamental interés para la Universidad.

Saludo al Señor Decano con mi consideración más distinguida.








Profesor Dr. Julio C. González
Titular de Estructura Económica Argentina Cátedra II

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