Otra vez,
descalificados “expertos” hablan de la “grieta” de Yacyretá, con total
impunidad
A pesar
del fallo del juez federal de Corrientes que los descalificó, pero creyó que
actuaban de buena fe y por lo tanto no los multó, la usina de rumores generada
por el grupo que responde al ex gobernador y ex presidente Ramón Puerta, ha
regresado a las redes sociales de Argentina para presagiar una catástrofe con
la supuesta rotura de la represa Yacyretá.
No les
importa ni mucho ni poco la sentencia de la Justicia, porque les permite seguir
inventando en forma gratuita, alarmando a desprevenidos internautas, sin que
eso les signifique más que una vergüenza profesional ni siquiera atendida. Ser
descalificados por la Justicia Federal habría sido un baldón doloroso para
aquel que ame su profesión y desde ella actúe.
Evidentemente,
no es éste el caso. Y hasta habría que encontrar quién o quiénes alimentan
estas patrañas. Sabido es que la independencia energética de una nación pasa
por la hidroenergía, que la dependencia de los combustibles fósiles es muy alta
y costosa y que la única otra posibilidad está dada en la energía nuclear. Hasta
ahora son las únicas energías de base en condiciones de abastecer naciones,
regiones. Las alternativas sólo pueden aportar para demandas pequeñas.
Esto lo
saben profesionales, científicos, investigadores. Saben también que la menos
contaminante es la hidroenergía. Y, en Misiones, saben igualmente que la
Provincia está constreñida por su espacio: 3 millones de hectáreas. Un millón
dedicada a población, otro millón a la agricultura y el tercer millón a las
reservas naturales. Cada año nacen 25 mil misioneritos. Si no se encuentra una
salida como la de la producción de energía mediante represas, no sólo no podrá
responder a la propia demanda. Tampoco tendrá de dónde obtener recursos para
sostener a su población en desarrollo y con calidad de vida.
Misiones tiene
una propuesta que será plebiscitada cuando se trate de su soberanía energética:
represas Si o No y un 30% de participación en el caso afirmativo. Noruega es un
buen ejemplo de cuánto puede hacerse cuando se pone inteligencia al servicio
del país.
Pero para
eso se requiere de dirigentes que actúen en esa dirección. Es lo que no se está
viendo en estas reiteradas falacias, dichas y escritas sin solución de
continuidad. Ya han disparado el rechazo de la Entidad Binacional de Yacyretá,
de Paraguay. Lo refleja el reciente artículo del diario ABC de Asunción.
El fallo
del juez federal
En agosto
del año 2012, C6Digital daba cuenta del fallo de la Justicia Federal, bajo el
titular: Lapidario fallo sobre mediática “grieta”. Yacyretá: Juez federal
descalifica a “expertos” y dice que no tuvieron mala intención sino que no
saben. Edición N° 140 del semanario Seis Páginas.
En un
fallo en el que da por “falsos” los supuestos informes técnicos de presuntos
ambientalistas que decían haber encontrado una “grieta” en la presa de Yacyretá
y vaticinaban inundaciones de ciudades aguas abajo hasta sumergir al Obelisco
de Buenos Aires, el juez federal de Corrientes Carlos V.Soto Dávila da por
infundada la denuncia de la organización llamada Unión Ambientalistas de Corrientes
(Unamco). Determina inclusive que esa entidad tampoco está registrada como tal
en la vecina provincia.
Tras una
pormenorizada investigación el Juez llega a la conclusión que “no existen
fisuras en la represa de Yacyretá, y mucho menos riesgo de rotura alguna e
inundación para las ciudades que se ubican aguas abajo”. Hubo medios que se
hicieron eco de la descabellada versión y hasta graficaron –dibujaron- que las
aguas llegarían a tapar el Obelisco.
Soto
Dávila no sólo descarta la fisura –que en realidad es una junta de
construcción- sino también los tremendistas anuncios de un geólogo que hasta
llegó a hablar de terremotos y propuso bajar la cota de Yacyretá 5 metros. Pero
asume una actitud benevolente con los autodenominados ambientalistas y dice que
no tuvieron intención de intimidar a la población. Y se limita a reprenderlos.
Les dice que fueron negligentes al erigirse en supuestos expertos, no siendo
tales y realizaron manifestaciones “carentes de sustento técnico”.
La acciones
se iniciaron a partir de una denuncia de la apoderada de la EBY, María Piedad
Conde “ante la aparición mediática de miembros de la agrupación ambientalista
Unamco, quienes habrían dicho que la represa Yacyretá presentaría grietas y
fisuras en la base de la mega represa, manifestando además que contarían con
una filmación subacuática”. Y puso a disposición del Juzgado “la documentación,
personal técnico y los estudios que periódicamente se realizan en la represa, a
los fines de contar con una correcta valoración del estado de la obra”.
A partir
de allí se dispara una minuciosa investigación del Juez tomando declaración a
los dirigentes de la entidad presentada como “ambientalista”, requiriéndoles la
documental que decían poseer para fundar sus dichos. Documental que se
demostró malinterpretada por los autores de la versión de la “grieta”, ya que
lo que ellos llamaron “fisura” era, en realidad, una junta de construcción
destinada a soportar condiciones de crecidas del río cuando hay mayor presión.
Esto es, técnicamente correcta. Igualmente se toman en consideración las
inspecciones subacuáticas realizadas por la Eby en el 2009-2010, las consultas
e informas del Instituto Nacional de Prevención Sísmica. Todo lo cual refuta
las “denuncias” de los ambientalistas. A los que, no obstante, el juez no
encuentra incursos en el artículo 211 del Código Penal que contempla: “será
reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor
público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de
alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común o empleare
otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos (…)”.
Porque a
su entender “es requisito ineludible para la configuración del delito, la presencia
de la intencionalidad por parte de los miembros de las organizaciones
‘ambientalistas’ (el encomillado pertenece al juez) de generar temor público,
ya que por sus escasos conocimientos técnicos de la construcción de la obra
habrían incurrido en una errónea interpretación de lo visto en la filmación.
Que, por otra parte habría sido realizada por la propia Entidad Binacional y
por lo tanto previamente analizada por los organismos de control de la entidad.
“Así, debe descartarse la figura
penal mencionada -continúa el juez- si bien no puede dejar de ponerse de
manifiesto la actitud negligente de supuestos ‘expertos’ que no son tales,
quienes bajo el amparo de pertenecer a organizaciones que ni siquiera están
registradas, hacen manifestaciones carentes de sustento técnico, pudiendo esta
conducta generar un ánimo diferente para aquel desprevenido que tome sus dichos
como ciertos”, precisa.
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